Permiso por hospitalizacio

De Supervision G.A.I. Almansa
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Permiso por Hospitalización, Accidente o Enfermedad Grave, Reposo Domiciliario

Hechos causantes

Accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario de:

  • Cónyuge, pareja de hecho o familiar hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad.
  • Cualquier otra persona que conviva con el trabajador en el mismo domicilio y requiera su cuidado efectivo.

Duración: 5 días laborables (sin distinguir entre misma o distinta localidad).

Definiciones importantes

  • Hospitalización: incluye el parto (siempre que el ingreso hospitalario sea en un día distinto al del permiso por nacimiento) y la estancia en urgencias sin ingreso por tiempo igual o superior a 24 horas.
  • Reposo/cuidado domiciliario: debe estar prescrito en documento médico, indicando que es posterior a una intervención, hospitalización, enfermedad o accidente grave.
  • Alta hospitalaria: no finaliza automáticamente el permiso si el informe médico prevé reposo/cuidado domiciliario posterior.

Duración y cómputo

Hecho causante Sujeto Días de permiso
Accidente grave Cónyuge, pareja de hecho, familiar hasta 2º grado O conviviente que requiera cuidado 5 días laborables (sin distinción de localidad)
Enfermedad grave
Hospitalización
Intervención quirúrgica sin hospitalización con reposo
Reposo/cuidado domiciliario

Reglas de cómputo

  • Días laborables (excluye sábados, domingos y festivos, salvo que sean días de trabajo).
  • La persona solicitante decide cuándo comenzar el permiso, siempre que el hecho causante persista.
  • Puede disfrutarse de forma discontinua mientras persista el hecho causante (si es compatible con el puesto y las necesidades del servicio).
  • El permiso se extingue automáticamente al desaparecer el hecho causante.
  • Si el hecho causante comienza durante vacaciones o suspensión, no se puede disfrutar después a menos que persista.

Ampliación excepcional (enfermedad muy grave)

  • Sujeto: familiar de 1er grado, cónyuge o pareja de hecho.
  • Ampliación: hasta 10 días laborables más.
  • Requisitos: atención que no puedan prestar especialistas o instituciones, y haber agotado los días de asuntos particulares del año en curso y del siguiente (anticipables).

Cómputo de dos hechos causantes sucesivos

  • Hospitalización → Reposo domiciliario: el permiso continúa sin interrupción tras el alta.
  • Fallecimiento durante permiso por hospitalización: se extingue el permiso por hospitalización y se inicia el de fallecimiento al día siguiente.
  • Dos hechos causantes de distintos sujetos: se interrumpe un permiso, se inicia el otro, y luego se puede retomar el primero si persiste.

Tramitación

Solicitud

  • Si es previsible (intervención programada): solicitar con antelación.
  • Si es imprevisto: se puede presentar solicitud y justificación después del hecho.
  • En caso de urgencia: comunicación telefónica o por el medio más rápido, sin perjuicio de la solicitud por escrito.

Requisitos (plazo: 15 días desde el final del permiso)

  • Acreditación del proceso:
 * Hospitalización: justificante del centro sanitario.
 * Accidente/enfermedad grave: informe médico que acredite la gravedad.
 * Reposo/cuidado domiciliario: informe médico que lo prescriba (preferiblemente con duración).
  • Acreditación del parentesco:
 * Certificado de matrimonio, pareja de hecho, libro de familia, certificados de nacimiento O declaración responsable.
 * Si se presenta declaración responsable, la Gerencia podrá solicitar documentación adicional.
  • Acreditación de convivencia (si aplica):
 * Certificado de empadronamiento + declaración responsable de necesidad de cuidado efectivo.

Concesión

  • Reglada (derecho inmediato al hecho causante).
  • Si la Gerencia deniega, los días se considerarán como de asuntos particulares (o vacaciones si están agotados).

Efectos

  • Permiso retribuido.
  • Se computa como servicio efectivo a todos los efectos.

Documento original

Archivo:2.10 Hospitalización, Accidente o enfermedad graves, reposo domiciliario 10junio2025.pdf