Diferencia entre revisiones de «Anticoncepción de urgencia»

De Supervision G.A.I. Almansa
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* Criterios de selección: eficacia, seguridad y coste-efectividad.
* Criterios de selección: eficacia, seguridad y coste-efectividad.


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== [https://supervisores.almansa.ovh/images/3/36/INSTRUCCIONES_Anticoncepci%C3%B3n_de_urgencia.pdf Documento original] ==
[[Archivo:INSTRUCCIONES_Anticoncepción_de_urgencia.pdf]]

Revisión del 14:49 2 ago 2026

Instrucciones sobre Anticoncepción de Urgencia en Castilla-La Mancha

Contexto normativo

  • Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo:
 * Establece la dispensación gratuita de métodos anticonceptivos de urgencia en los centros sanitarios del SNS.
 * Financiación con cargo a fondos públicos, sin aportación por parte de la persona usuaria.
  • La OMS determina que todas las mujeres y niñas con riesgo de embarazo no deseado tienen derecho a la anticoncepción de urgencia.

Ámbito de aplicación

Instrucciones dictadas por la Dirección General de Asistencia Sanitaria del SESCAM (9 de agosto de 2024).

Acceso a la prestación

La persona usuaria puede acceder gratuitamente en:

  • Centros de Atención Primaria
  • Puntos de Atención Continuada (PAC)
  • Consultas externas de Ginecología
  • Servicios de Urgencias Hospitalarias

Procedimiento

Solicitud

  • Puede ser solicitada directamente por la persona usuaria o indicada por el personal médico tras anamnesis.
  • El personal sanitario verificará que se cumplen los criterios clínicos.

Dispensación

  • Debe realizarse en el mismo centro donde se solicita, evitando derivaciones que retrasen el tratamiento.
  • Se dispensará directamente a la persona usuaria.
  • Siempre que sea posible, se verificará la toma en presencia de un profesional sanitario.
  • La persona usuaria será derivada a su unidad básica asistencial para seguimiento y asesoramiento anticonceptivo posterior.

Registro

  • Todas las actuaciones deben registrarse en la Historia Clínica de la persona solicitante.
  • Ámbito hospitalario: formulario "Anticoncepción de Urgencia" en Mambrino XXI.
  • Ámbito comunitario: formulario "Anticoncepción de Urgencia" en Turriano.

Fármacos autorizados

La anticoncepción de urgencia no es abortiva (no interrumpe un embarazo establecido). Actúa inhibiendo o retrasando la ovulación o dificultando la implantación.

Las gerencias garantizarán la disponibilidad de al menos una de estas opciones:

ACETATO DE ULIPRISTAL 30 mg

  • Vía: comprimido
  • Plazo: dentro de las 120 horas (5 días) siguientes a la relación sin protección o fallo del anticonceptivo.

LEVONORGESTREL 1,5 mg

  • Vía: comprimido
  • Plazo: dentro de las 72 horas siguientes a la relación sin protección o fallo del anticonceptivo.

Adquisición y almacenamiento

  • A través de los Servicios de Farmacia de las gerencias.
  • Criterios de selección: eficacia, seguridad y coste-efectividad.